The Global Risk & Regeneration InstituteInteligencia regulatoria independiente
Derecho y regulación

De las promesas a las sanciones: el coste logístico de la CSDDD tras la Directiva Omnibus I

La Directiva (UE) 2026/470 está en vigor. Su transposición debe completarse antes del 26 de julio de 2028 y su aplicación comenzará el 26 de julio de 2029. La multa máxima asciende al tres por ciento de la cifra de negocios mundial, y el coste de subsistencia recae en el origen cuando el comprador asume la exigencia de diligencia debida.

Riesgo material · coste de cumplimiento trasladado al origen · agroalimentación con riesgo forestal, África Occidental y LATAM

Informe ejecutivo. La Directiva sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad entró en vigor el 25 de julio de 2024 como Directiva (UE) 2024/1760. A continuación, el Ómnibus I reescribió tanto el calendario como el ámbito de aplicación: la Directiva (UE) 2025/794 pospuso las fechas de aplicación; la Directiva (UE) 2026/470, publicada el 26 de febrero de 2026 y en vigor desde el 18 de marzo de 2026, introdujo las enmiendas sustanciales [13][14]. Los Estados miembros deben transponerla antes del 26 de julio de 2028 y aplicarla a partir del 26 de julio de 2029 [14]. Las empresas dentro del ámbito de aplicación son ahora las de gran tamaño: al menos 5.000 empleados y 1.500 millones de euros de cifra de negocio neta mundial, o, en el caso de los grupos ajenos a la UE, 1.500 millones de euros de cifra de negocio neta en la Unión [14]. La sanción pecuniaria máxima es del tres por ciento de la cifra de negocio neta mundial [14]. Ese es el titular a fecha de septiembre de 2026. El tema que subyace es quién absorbe el coste de la logística y de los medios de vida cuando el expediente de riesgo de un comprador no puede ver la parcela, y quién acapara la reclamación de diligencia debida una vez que ese expediente existe.

Soy production landscape, Brazil
Paisaje de producción de soja, Brasil. Fotografía de SentinelHub, CC BY 2.0, a través de Wikimedia Commons.

01El reto macroeconómico: una obligación de medios con una cola de responsabilidad civil

La descripción actual que la Comisión hace de la obligación está acotada de forma estricta. Las empresas deben identificar y abordar los impactos adversos reales y potenciales sobre los derechos humanos y el medio ambiente en sus propias operaciones, las de sus filiales y en sus cadenas de actividades, mediante procedimientos de reclamación, seguimiento y comunicación pública. Tras el Ómnibus I, «podrán centrarse en las áreas donde los impactos sean más probables» [14]. Las microempresas y las pymes no están en el ámbito de aplicación, aunque la Directiva contempla medidas de apoyo para los socios más pequeños a los que de todos modos se les pedirá información, incluidos límites a dichas solicitudes [14]. La CSDDD es el punto de entrada. El problema es el aumento de los costes para los agricultores y proveedores cuando la evidencia se extrae de arriba hacia abajo, en cadenas con riesgo forestal donde los instrumentos de sostenibilidad ya fallan cuando los datos de origen no pueden respaldarlos [3].

Esa última cláusula es la historia agroalimentaria. Una cooperativa de cacao en Costa de Marfil, un agregador de soja en el Gran Chaco, un transportista de biomasa hacia Hamburgo... ninguno de ellos necesita 5.000 empleados para estar dentro de la cadena de actividades de una empresa que sí los tiene. El riesgo legal del operador es una multa y una demanda civil. El riesgo comercial del proveedor es un contrato cancelado, un envío retenido o un cuestionario que no se puede responder con los libros existentes. Ahrens, Gasparri y Giessen, al escribir sobre la soja y el ganado en el Gran Chaco argentino, se preguntan si la compensación de carbono (insetting) puede ofrecer resultados creíbles en esas cadenas cuando la distribución de asientos excluye la parcela [3]. Esa misma distribución de asientos redactará el expediente de la CSDDD a menos que el origen conserve el registro principal. La Comisión también señala que los acuerdos de franquicia y licencia pueden incluir a las empresas en el ámbito de aplicación cuando se alcance el umbral de cánones y volumen de negocios [14]. Eso amplía el conjunto de empresas cotizadas sin ampliar la capacidad del origen para responder.

El organismo alemán BAFA, que ya supervisa la Ley de Cadena de Suministro nacional que la CSDDD acabará solapando, ha sido explícito en cuanto a que la logística de presentación de informes no suspende los controles subyacentes de diligencia debida: el ensayo general de cómo será la supervisión a nivel de la Unión una vez que concluya la transposición.

"El cumplimiento de las demás obligaciones de diligencia debida de conformidad con los artículos 4 a 10, apartado 1, de la LkSG, así como su control y sanción por parte de la BAFA, para lo cual la información de un informe también puede dar motivo, no se ven afectados por esta normativa de plazos." Oficina Federal de Economía y Control de Exportaciones (BAFA), resumen de la Ley de Cadena de Suministro, consultado en septiembre de 2026 [16]

Esa es la postura operativa que los compradores exportarán a los cuestionarios de la CSDDD: una pausa en la presentación de informes no es una pausa en la obligación. Tras el Ómnibus, la obligación de la Unión se basa explícitamente en el riesgo. Basado en el riesgo no significa opcional. Significa que el operador tiene que demostrar por qué miró donde miró. Un mapa en blanco de las parcelas de origen no es una evaluación de riesgos. Es la ausencia de esta, y la ausencia de prácticas regenerativas hechas legibles en la tierra que soporta los impactos sobre los derechos humanos y el medio ambiente que la norma nombra. La evaluación de expertos en agroalimentación de Mardenli y sus colegas de 2025 ya constata la misma división bajo la LkSG: las grandes empresas con infraestructura de cumplimiento absorben la ley; las empresas más pequeñas y menos establecidas se enfrentan a «retos significativos, en particular en términos de carga administrativa y asignación de recursos» [10].

CSDDD modificada por el Ómnibus I, según la Comisión Europea a fecha de septiembre de 2026 [13][14]. Las sanciones y la responsabilidad civil se recogen en la transposición nacional; exposición del origen al riesgo forestal [3].
Elemento Posición tras el Ómnibus I Dónde recae el coste
Ámbito de aplicación (UE) ≥5.000 empleados y 1.500 millones de € de cifra de negocio neta mundial Operadores muy grandes; sus equipos de compras de primer nivel
Ámbito de aplicación (no UE) ≥1.500 millones de € de cifra de negocio neta en la Unión Exportadores que venden a dichos grupos
Aplicación Normas nacionales a partir del 26 de julio de 2029; transposición antes del 26 de julio de 2028 Tres años de renegociación de contratos antes de que la obligación sea efectiva
Sanción pecuniaria Máximo del 3% de la cifra de negocio neta mundial Cuenta de pérdidas y ganancias del operador; luego desvinculación del proveedor
Responsabilidad civil Bajo la legislación nacional, con un procedimiento favorable al demandante [14] Expediente de litigio elaborado a partir de los mismos datos de origen
Orientación de la Comisión Directrices principales antes del 26 de julio de 2027; otras antes del 26 de julio de 2028 [14] Un vacío que los compradores llenarán con sus propias plantillas
Origen sin expediente de parcela Falta de pruebas de riesgo forestal y laboral en el terreno [3] Pérdida de medios de subsistencia por la cancelación de la compra; reclamación capturada aguas arriba

02La oportunidad de transición: redactar el expediente antes de que exista la plantilla del comprador

Tres años no es un periodo de descanso. Es el plazo en el que los compradores más grandes fijarán el formato probatorio en los contratos con los proveedores, mucho antes del 26 de julio de 2029 y antes de que las directrices de la Comisión para 2027 estén siquiera previstas [14]. Los operadores que esperen a dichas directrices heredarán una pila de portales incompatibles. Los orígenes que publiquen un registro único y certificado de la cadena de actividades —quién produjo, dónde, bajo qué condiciones laborales y de uso del suelo, incluyendo las prácticas regenerativas todavía sobre el terreno— responderán una sola vez. Las cláusulas contractuales tipo de la Comisión se prometen junto con las directrices [14]. Hasta que existan, el asesor externo de cada gran comprador actúa como un organismo de normalización. Eso no es un fallo del mercado. Es lo que produce un vacío de transposición.

Las cadenas de suministro basadas en la tierra y con riesgo forestal ya mantienen una conversación paralela en la que el coste de hacer legibles las parcelas recae sobre el productor mucho antes de que se ponga a prueba el expediente de responsabilidad civil del comprador. La asesora climática de Fairtrade expuso la aritmética del productor sin eufemismos.

"Los agricultores tienen que adoptar nuevas herramientas digitales y mapear las parcelas agrícolas, lo cual supone una carga costosa para poder seguir siendo proveedores viables para el mercado europeo." Brenda Mariana Huerta García, asesora sénior de Clima y Medio Ambiente de Fairtrade International, sobre Fairtrade Plot Insights, junio de 2026 [6]

Esto no es teórico. Una evaluación de riesgos de la CSDDD que copie una distribución de asientos sin la parcela —operador, comerciante, ministerio, sin un mapa propiedad del origen— será barata de ensamblar y cara de defender [3][6]. La oportunidad de transición consiste en invertirla mientras las directrices siguen sin redactarse: geolocalización, pruebas laborales y de uso del suelo capturadas en el origen, autorizadas aguas arriba, en lugar de ser extraídas más tarde bajo la presión de un reloj con sanciones. Eso es la gestión climática como infraestructura: el trabajo ecológico y laboral permanece visible, y el margen se mantiene más cerca de la tierra.

La LkSG alemana es el ensayo general. Se aplica a las empresas con al menos 1.000 empleados desde el 1 de enero de 2024, y los controles de diligencia debida restantes de la BAFA no se suspendieron cuando se revisó la logística de los informes [16][15]. Las perspectivas de expertos sobre la LkSG en las cadenas agroalimentarias ya tratan la ley como un problema de operaciones, no de teoría legal [10]. Los grupos europeos que ya han elaborado expedientes para la LkSG disponen de una plantilla. Los grupos que trataron la LkSG como una peculiaridad alemana reconstruirán ahora la misma estructura para una obligación aplicable en toda la Unión, bajo un límite de multas más elevado, y recurrirán a la misma recolección de datos ascendente a menos que el origen publique primero.

03La perspectiva del analista del Instituto: quién absorbe el coste y quién se apropia de la reclamación

Los titulares sobre sanciones son una distracción si se leen únicamente como un impuesto a la empresa cotizada. Una multa del tres por ciento concentra las mentes en la asesoría jurídica. La respuesta operativa es casi siempre acortar la cadena: eliminar el origen que no puede documentar, concentrar el volumen en el origen que sí puede y plasmar el cuestionario en el contrato de la próxima temporada. Eso es un coste logístico —tonelaje desviado, volumen de pequeños agricultores perdido, mayor tiempo de espera en el puerto mientras se recopila un expediente— y no aparece como una partida denominada «CSDDD». Es el coste para el agricultor y la fragilidad del sistema alimentario que se presentan en forma de exclusión del mercado.

La advertencia sobre la apropiación es el mismo mecanismo bajo otra etiqueta. Una reclamación de diligencia debida construida sobre un portal de compradores que recopila datos de las parcelas como condición de compra, y que luego se apropia de la narrativa de derechos humanos y medioambiental, deja al agricultor como un mero sujeto de datos en el archivo de otra persona. Las semillas, el margen y la prima ecológica se quedan aguas arriba. Los programas corporativos de agricultura regenerativa y de transición que tratan la evidencia de origen de la misma manera son una apropiación del lenguaje y del registro, no una labor de custodia.

Los inversores deberían poner precio a esa respuesta, no a la multa máxima teórica. Una empresa en cartera cuya ingesta agroalimentaria se concentra en orígenes sin registros de trabajo y uso del suelo a nivel de parcela está manteniendo una opción que las contrapartes ejercerán en su contra. El modo de fallo es un expediente lo suficientemente real como para descartar a un proveedor mientras el comprador se queda con la reclamación: la división de la carga administrativa que los expertos agroalimentarios de Mardenli ya observan bajo el régimen de la LkSG [10].

Los exportadores de América Latina y África Occidental deben asumir que se les exigirá una prueba que la Directiva, en puridad, no les exige. La Directiva exige al operador identificar los impactos en la cadena de actividades. La ruta de cumplimiento más barata para el operador es convertir al exportador en la función de evidencia. Eso es racional para el operador. Solo es fatal para el exportador que no tiene un registro propio. Las medidas de apoyo que la Comisión describe para las pymes —límites a las solicitudes de información, directrices, cláusulas tipo [14]— no llegarán antes de la primera ronda de cuestionarios privados. Trate esos cuestionarios como el estándar *de facto* hasta que exista el oficial y respóndalos a partir de un archivo que usted controle.

04La resolución proactiva: la custodia se cierra en la parcela

La geolocalización del EUDR, el Alcance 3 de la CSRD, el análisis de riesgos de la LkSG y las pruebas de la cadena de actividades de la CSDDD son cuatro envolturas jurídicas para un mismo hecho físico: qué ocurrió en esta parcela, bajo qué mano de obra y en qué año. Construir cuatro expedientes es la opción cara. Construir un único registro de origen atestiguado —práctica regenerativa aún medible sobre el terreno, con la observación primaria todavía en manos del productor— y luego trasladarlo a cada envoltura es la única opción que una cooperativa puede permitirse y que una autoridad competente puede comprobar. Esa es la prueba de legitimidad para cualquier solución tecnológica vendida en este hueco: la propiedad por parte del origen del registro primario; una verificación que el agricultor pueda inspeccionar; un camino más corto del campo al comprador en lugar de otro peaje de pago; ecología y mano de obra medidas en la tierra, no convertidas en teatro de cuestionarios.

FeaturedEcoVadis

Buyer-side ratings organise the importer’s file; they are not a substitute for plot-level evidence the producer still holds. Automate supplier risk assessments against corporate due-diligence thresholds on the buyer side of the file.

Qué hacer antes de las directrices de 2027

Las directrices de la Comisión se esperan para el 26 de julio de 2027. Las plantillas para compradores llegarán antes. Una acción por lector.

Cooperativas y productores

Establezca un único expediente de origen: parcela, condiciones laborales, historial de uso del suelo y prácticas regenerativas que pueda certificar. Otorgue licencias sobre él; no rellene cuatro portales de compradores de memoria ni renuncie a la titularidad de su tierra.

ONG y programas de desarrollo

Incluya a los titulares de derechos en la evaluación de riesgos, no en el anexo. Financie la medición en origen antes de financiar la plantilla de un comprador. Un proceso que siente únicamente al operador y al ministerio reproducirá el patrón de Nguiffo, y los medios de vida pagarán el precio.

Agroexportadores

Negocien, esta temporada, quién paga por las pruebas y quién las custodia. Después de 2028, esos términos serán contratos de adhesión.

Inversores ASG

Pregunte a las empresas en cartera qué orígenes se descartarían si una autoridad competente solicitara mañana el expediente de la cadena de actividades, y quién se queda con la reclamación de diligencia debida después de la exclusión. Esa lista es la exposición logística y de custodia.

Omnibus I redujo el volumen de empresas dentro del ámbito de aplicación. No redujo la longitud de sus cadenas ni convirtió un cuestionario para compradores en custodia climática. La sanción es un porcentaje del operador. El coste es el desvío respecto a cualquier actor que no pueda mostrar la parcela. La custodia se cierra donde se realiza el trabajo: en la propiedad del registro por parte del origen.

Referencias y matriz de citación

Académico[1] Ahrens, D., Gasparri, I., & Giessen, L. (2026). Can carbon insetting deliver credible sustainability outcomes in forest-risk supply chains? A critical perspective from soy and cattle production in Argentina’s Gran Chaco. Cleaner Logistics and Supply Chain. doi.org/10.1016/j.clscn.2026.100302 — fuente de riesgo material estructural: fallo de datos de origen en zonas de riesgo forestal bajo instrumentos de sostenibilidad.
Legal[2] Parlamento Europeo y Consejo (2026). Directiva (UE) 2026/470 (modificaciones sustantivas de la Directiva Ómnibus I). eur-lex.europa.eu/eli/dir/2026/470/oj
Noticias[3] Venna, L. / Food For Mzansi (2026). Drought and heatwaves force SA maize farmers to adapt or switch. 17 de julio de 2026. foodformzansi.co.za
Antecedentes[4] Hamburg Coffee Company / HACOFCO (2026). Deforestation-free supply chains facilitate financial inclusion opportunities for smallholder coffee farmers in Honduras. Julio de 2026. hacofco.de
Antecedentes[5] Comunicaffe (2026). Fairtrade launches Plot Insights to help coffee and cocoa cooperatives meet EUDR requirements. 16 de junio de 2026. comunicaffe.com — Brenda Mariana Huerta García sobre el coste de mapeo de productores en los regímenes de diligencia debida de la UE.
Noticias[6] Farm Carbon Toolkit / Innovation for Agriculture (2026). Case Study: John Joseph, Trecorras Farm. 20 de mayo de 2026. farmcarbontoolkit.org.uk — fuente estructural de riesgo material y prácticas: bucle de insumos y recuperación de suelos.
Noticias[7] Noerr (2026). CSDDD – Amending Directive published in the Official Journal of the European Union. 11 de marzo de 2026. noerr.com — ámbito de aplicación de la Directiva (UE) 2026/470, tope de sanción del 3 %, supresión de la responsabilidad civil, calendario del 26 de julio de 2028/2029.
Antecedentes[8] Covington & Burling LLP (2026). EU CSDDD/CSRD Omnibus Published in Official Journal. Inside Energy & Environment, 26 de febrero de 2026. insideenergyandenvironment.com
Legal[9] Parlamento Europeo y Consejo (2025). Directiva (UE) 2025/794 («pausa en el calendario»). eur-lex.europa.eu/eli/dir/2025/794/oj
Académico[10] Mardenli, A., et al. (2025). The German Act on Corporate Due Diligence Obligations in supply chains: An empirical assessment of the agri-food supply chain based on experts’ perspectives. Cleaner Logistics and Supply Chain. doi.org/10.1016/j.clscn.2025.100239
Antecedentes[11] Abulu, L., & Hyolmo, S. L. (2024). Are carbon credits another resource-for-cash grab? Interview with Alondra Cerdes Morales & Samuel Nguiffo. Mongabay, 22 de mayo de 2024. doi.org/10.66709/news-282347 — antecedentes del mecanismo de archivo (solo texto corrido; no corresponde a una cita textual fechada).
Antecedentes[12] Oehm, F. (2024). Unboxing the New EU Corporate Sustainability Due Diligence Directive. Verfassungsblog / Instituto Alemán de Derechos Humanos. verfassungsblog.de — también registrado como doi.org/10.59704/6cb51c5c3944410a — comentario jurídico de archivo (no utilizado como cita textual fechada de expertos).
Legal[13] Parlamento Europeo y Consejo (2024). Directiva (UE) 2024/1760 sobre diligencia debida de las empresas en materia de sostenibilidad. Diario Oficial de la Unión Europea. eur-lex.europa.eu/eli/dir/2024/1760/oj
Oficial[14] Comisión Europea. Corporate sustainability due diligence — ámbito de aplicación, calendario, sanciones y estado de la Directiva Ómnibus I tal como se publicó. commission.europa.eu
Legal[15] República Federal de Alemania. Gesetz über die unternehmerischen Sorgfaltspflichten in Lieferketten (LkSG). gesetze-im-internet.de/lksg
Oficial[16] BAFA. The Supply Chain Act — overview, scope dates and enforcement. Oficina Federal de Economía y Control de Exportaciones. bafa.de

Publicado por The Global Risk & Regeneration Institute como análisis regulatorio independiente. Este informe no constituye asesoramiento legal, fiscal ni de inversión. Las plataformas mencionadas en la nota de infraestructura editorial se citan como ejemplos arquitectónicos; el Instituto no mantiene ninguna relación comercial con ellas.

Suscribirse al briefing

Confirme su correo para activar la suscripción. Elija temas ahora; puede cambiarlos o cancelar desde cualquier envío.

Preferimos la dirección laboral — enviamos un enlace de confirmación antes de cualquier correo.

Solo para el saludo. Si lo deja vacío: Estimado/a lector/a,

Enviamos la edición correspondiente si existe (EN / DE / ES).

Temas

Puede cambiarlo después desde el enlace de cualquier correo.